Multan por $ 5 millones al Banco Supervielle por débitos compulsivos

Multan por $ 5 millones al Banco Supervielle por débitos compulsivos

El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación multó por 5 millones de pesos al Banco Supervielle, por numerosos hechos irregulares que giran en torno a los débitos compulsivos y las adhesiones no consentidas a diferentes productos financieros. El defensor del Pueblo, Ismael Rins, señaló que se tomó en cuenta una gran cantidad de denuncias que se elevaron desde Río Cuarto.

La resolución de la Dirección de Defensa del Consumidor, que depende del Ministerio de Desarrollo Productivo, se conoció ayer y representa un aval a los repetidos reclamos de jubilados y otros clientes del banco.

Rins destacó que la multa al Supervielle es la más alta de la escala vigente.

 

Una gran parte de esas denuncias fueron elevadas desde Río Cuarto.

El organismo de arbitraje para diferencias vinculadas al consumo ordenó imponerle al Banco Supervielle una “sanción de multa por la suma de cinco millones de pesos por infracción a los artículos 4°, 19 y 35 de la Ley de Defensa del Consumidor (24.240)”.

Entre las violaciones a la norma, enumera:

-Incumplimiento a la obligación de informar, en virtud de no brindar mecanismos para comunicarse a fin de canalizar consultas y/o reclamos respecto de los servicios y/ o productos que tienen contratados con la entidad bancaria.

-No prestar el servicio en las condiciones y modalidades en las que fue convenido, toda vez que se debitaron de las cuentas sueldo y de los haberes jubilatorios sumas de dinero en concepto de seguros y servicios de cobertura y/ o asistencia médica no solicitados.

-Cobrar a los titulares de cuentas sueldo y de jubilaciones sumas de dinero en concepto de “mantenimiento de cuenta”.

-Debitar cargos no convenidos a las y los consumidores obligándolos a pronunciarse por la negativa para evitar su cobro.

Diez días para pagar

En el segundo punto del articulado, la resolución establece que el banco tiene un plazo de diez días hábiles para abonar la multa impuesta.

Por otro lado, el Ministerio de Desarrollo Productivo obliga a Supervielle a publicar la parte dispositiva de la resolución sancionatoria, conforme lo establece la Ley de Defensa del Consumidor, con acreditación fehaciente de su cumplimiento.

Supervielle podrá impugnar la medida por la vía del recurso directo ante la cámara correspondiente, por medio de una presentación ante la Dirección de Defensa del Consumidor.

Sin embargo, deberá depositar el monto de la multa y acreditar el pago “sin cuyo requisito será desestimado, salvo que el cumplimiento del mismo pudiese ocasionar un perjuicio irreparable al recurrente, conforme lo establecido en el Artículo 45 de la Ley de Defensa del Consumidor”.

El defensor destacó la medida

Se trata de una actuación de oficio del Ministerio de Desarrollo Productivo pero que, según explicó el defensor del Pueblo, tomó como base muchas de las denuncias que presentaron desde su oficina.

Los reclamos de los consumidores riocuartenses hacia el Banco Supervielle –muchos de ellos, de jubilados- son una constante desde hace varios años, y la Defensoría del Pueblo receptó una gran parte de esas quejas.

Rins detalló que la multa que le impuso la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo es la más alta de la escala vigente.

El defensor del Pueblo indicó que la idea nunca fue generarle un perjuicio económico a la entidad financiera, sino lograr que modifique las prácticas que van contra los derechos de los consumidores.

Por otro lado, Rins destacó el esfuerzo de los clientes y afectados por la conducta del banco que efectuaron las presentaciones formales. Además, sostuvo que la resolución del Ministerio de la Producción demuestra que reclamar tiene sentido.

Complementariamente, adelantó que, si esto no ocurre, volverán a denunciar las irregularidades por los canales que correspondan.